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🔔 Aviso importante si cobras prestación por desempleo 🔔
El Servicio Público de Empleo Estatal SEPE pone mucho énfasis en la notificación de los viajes al extranjero a la hora de conceder o mantener sus prestaciones. Mucho ojo con esto. 👀
De este asunto ya he hablado en un post anterior. Te facilito el enlace por si deseas leerlo: 🔗
https://lnkd.in/eQt3eWJp?
Aquí están los puntos clave que debes conocer:
📅 Notificación obligatoria
Si eres perceptor de prestaciones por desempleo, debes notificar cualquier viaje fuera de España.
Existe un límite de 14 días naturales al año para la estancia en el extranjero. ¿A que no lo sabías? 😯
🚫 Suspensión y extinción de prestaciones
- Para estancias menores a 12 meses, puedes SUSPENDER la prestación y REANUDARLA a tu regreso, siempre que se solicite en el plazo de 15 días hábiles y se justifique el viaje.
- Para estancias superiores a 12 meses, la prestación SE EXTINGUE.
- Marcharte sin comunicar el traslado supondrá una infracción y podría dar lugar a SANCIONES, e incluso la extinción del derecho.
📌 Derechos de los solicitantes en el momento del retorno
Si tienes derecho a percibir prestación, pero no lo has solicitado antes de salir de España, pueden hacerlo a tu regreso, siempre que no hayan vencido los 6 años desde el periodo cotizado.
También puedes convalidar los años trabajados dentro de la Unión Europea o los países que tienen convenio con España.
🔄 Información electrónica
Los períodos cotizados en España serán intercambiados electrónicamente. No hay obligación de solicitar el formulario U1 para trabajadores migrantes.
💼 Subsidio para emigrantes retornados
Si no tienes derecho a la prestación contributiva por haber cotizado menos de 360 días en los 6 años anteriores a tu salida al extranjero, podrías tener derecho a un subsidio como persona emigrante retornada.
Para ello debes retornar de países no pertenecientes al Espacio Económico Europeo, o con los que no exista convenio sobre protección por desempleo.
💡 Consejo:
Si estás planeando marcharte al extranjero, y es posible que tu estancia se alargue más de un año, yo no solicitaría ninguna prestación. 🙅
- Si la solicitas, y estás más de un año en el extranjero, la perderás definitivamente. 😨
- Si no la solicitas, y estás más de un año en el extranjero, podrás hacerlo al regresar. 😌
📢 ¡Mantente informado y conoce tus derechos!
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